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Consideraciones
sobre el Pacto de Toledo (Parte 3)
Prosiguiendo con las recomendaciones
sobre el Pacto de Toledo (en la edición anterior mencionamos
las primeras cinco), mencionamos a continuación las siguientes
seis. En la próxima edición abordaremos las restantes.
Con ello proporcionamos al
lector material para reflexionar, analizar y evaluar su
implementación para nuestro Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones, en la medida que exista consenso generalizado.
Sexta recomendación: simplificación e integración
de regímenes
Reducir de manera gradual
el número de regímenes tendiendo al establecimiento de dos:
régimen de trabajadores por cuenta ajena y régimen de trabajadores
por cuenta propia.
En este proceso, debe priorizarse la progresiva incorporación
al sistema de todos los empleados públicos.
Séptima recomendación:
integración de la gestión
Potenciar la eficacia en
la gestión del sistema
Octava recomendación:
cotizaciones sociales
Mantener el actual sistema
de cotizaciones sociales (mínimo cinco años), como
única garantía de estabilidad del sistema contributivo de
la Seguridad Social.
Frente a las tesis patronales de reducir la cuota empresarial
a la Seguridad Social, hay que tener en cuenta que en Espana
la situación de partida en los costos laborales medios por
trabajador es inferior a la media comunitaria, hecho éste
por el que el actual porcentaje de la cuota empresarial
no es un elemento penalizador para las empresas espanolas.
Igualmente, experiencias anteriores ponen en duda el cumplimiento
de la relación directa y automática entre rebaja de estas
cotizaciones y aumento de la competitividad y el empleo.
Novena recomendación:
carácter contributivo del sistema
Modificación de la
fórmula de la base reguladora (años utilizados)
No modificar la base reguladora actual para acceder a la
pensión de jubilación. Esta será la media de las bases de
cotización de los últimos ocho años, con actualización
de los 72 meses más lejanos.
Cálculo del porcentaje aplicado a la base reguladora
en función de los años cotizados
La carencia será de 15 años de cotización reales
y los trabajadores fijos discontinuos (hoy a tiempo parcial
de meses en el año) tendrían un tratamiento especial.
El porcentaje sobre la base reguladora será más proporcional
a los años cotizados, de manera que se alcance el
100% a los 35 anos de cotización.
Cálculo de las pensiones de invalidez
Mantener los actuales grados, carencias y bases reguladoras
estableciendo los controles necesarios para evitar el fraude.
La propuesta del gobierno de relacionar, aunque sea parcialmente,
la cuantía de la prestación con los años cotizados
no es una opción aceptable.
Tope de cotización en casos de pluriempleo
Eliminar el tope de cotización para los trabajadores pluriempleados.
Décima recomendación: edad de jubilación
Posibilidad de desincentivar
la jubilación anticipada
Actualmente el 67% de los trabajadores se jubilan antes
de los 65 años, perdiendo un 8% por cada año
previo a la jubilación, que es ya suficientemente penalizador,
(40% del total de la base reguladora para jubilaciones con
60 años de edad).
Es innegable que en los últimos años se ha producido
una traslación de costes de las empresas al sistema de Seguridad
Social que han rejuvenecido sus plantillas, y obligado a
la jubilación forzosa a los sesenta años, perdiendo
el 40% de su pensión.
Para evitar que en las prejubilaciones forzosas se penalice
únicamente al trabajador, sería preciso revisar la actual
fórmula de cálculo, incluyendo el número de años
cotizados al determinar los coeficientes reductores.
Establecer los mecanismos necesarios para hacer recaer sobre
las empresas una parte mayor de las pérdidas de recaudación
en las que incurre la Seguridad Social.
Incentivar el retraso voluntario de la edad de jubilación
Cualquier medida de incentivación no debe afectar a la voluntariedad
del trabajador.
Próxima entrega : El resto
de las recomendaciones del Pacto de Toledo
Mario Di Bona
Comisión Directiva
Asociación 50 a 60
Para leer
la primer parte de El Pacto de Toledo, clic
aquí.
Para
leer la segunda parte de El Pacto de Toledo, clic aquí.
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